METODOLOGÍA DE PARTICIPACIÓN VINCULANTE PAVE (ANEXO I de la propuesta de Ord. para INICIATIVA POPULAR)

 

PLAN AMBIENTAL Y URBANO SUSTENTABLE

ANEXO I

Metodología de Participación (Informada y Vinculante)

        El presente documento establece una metodología que el partido PARTICIPACION VECINAL (PAVE) considera como lo mínimo e indispensable a cumplir, para asegurar la participación en la toma de decisiones políticas que resolverán problemáticas locales. En líneas generales la metodología deberá ser: participativa, informada y vinculante. Esto quiere decir que si bien, cada situación particular pueda implicar ciertos ajustes, no obstante, se deberá cumplir con todos los puntos propuestos a continuación, salvo algún aporte que los mejore y sea aceptado por el grupo promotor y la comunidad.

        Se planteará principalmente “el qué y cómo del proceso”, qué temas son prioritarios, qué área abarcaría la célula inicial de participación (una manzana o varias, por ejemplo). Se necesitará revisar cual es la base con que se valorarán o calificarán distintas propuestas de solución para resolver las problemáticas abordadas, revisando las variables que puedan considerarse. Se incentivará en todos los casos a afrontar inicialmente una escala reducida, o lo más reducida posible, para fomentar la participación efectiva de los vecinos/as y puedan tomar sus propias decisiones, considerando los pros y contras que generaría cada solución posible, no solo en lo personal sino para el conjunto de su comunidad, brindándoles la información necesaria. 

1) Para comenzar hay que establecer una lista de temas y sus prioridades por barrio o región, según el caso y su área de influencia o extensión.

2) Se deberán establecer cuáles son los conocimientos y saberes que se requeriría para dar información previa al proceso de debate y participación, los cuales se deberán difundir en forma libre y de acceso público, considerándolos estudios ya existentes o faltantes que serían necesarios sobre cada problemática a tratar. Este requisito servirá para que los vecinos/as conozcan cual es el nivel o alcance del problema y su nivel de urgencia. 

3) Estos temas y sus análisis necesarios deberán establecerse en función a una escala territorial o varias con similares características (en una o varias manzanas, uno o varios barrios, una o varias delegaciones municipales, o en el conjunto total del ejido municipal).

4) Definir quien participa, en este aspecto se descarta que todo vecino/a que resida en forma permanente (con un mínimo de años habitando la ciudad) tendrá derecho a la participación vinculante, con la información previa necesaria. La cantidad de años requeridos para definir si se está en condiciones de votar considerando su experiencia en la localidad, las características y condicionantes de nuestra ciudad, etc. (para que su voto sea vinculante) podrán ser debatidos y definidos por las organizaciones sociales y entidades barriales, según el caso. La participación conlleva la responsabilidad de la persona de haberse informado, antes de emitir su voto, desde los debates e información a difundir públicamente. Además, se podrá incluir a grupos como ONGs, sindicatos, cámaras empresarias o profesionales, y los vecinos/as que no habitan en forma permanente, solo en el momento de los debates y no de la votación. En el caso de los grupos se considera que todos sus integrantes pueden participar como vecinos/as, en el caso de los no residentes podrán tener participación no vinculante por medio de las organizaciones sociales. Un vecino/a residente permanente no tendrá diferenciación por estar o no al día en algún pago o aporte monetario, o por la condición legal que tenga, así, mientras demuestre residir de forma permanente debe tener acceso a la participación vinculante en los temas tratados.

5) Las propuestas de solución o adecuación para resolver distintas problemáticas se elegirán por mayoría de votos según esta metodología. En la formulación de las propuestas se deberán considerar diversos aspectos, entre ellos, destacamos la cuestión ambiental y lo socio-económico. En lo ambiental se deberá respetar la conservación ambiental y de paisaje que corresponda según el territorio considerado. En lo económico la propuesta deberá contar con un presupuesto para su realización. En lo social debe respetar las cuestiones particularidades o identidades de los grupos sociales afectados.

6) Se propone formular una asignación presupuestaria a cada barrio, sector de la ciudad, o zona de bienes comunes no habitados. En caso que dichas asignaciones no fueran suficientes para la realización de algún proyecto o propuesta específica, también se podrían evaluar otras alternativas como por ejemplo la solicitud de líneas de crédito o el establecimiento de aportes extraordinarios o tasas, u otros acuerdos que definan el porcentaje que se destina a dichas propuestas desde dichos ingresos. Todo esto debe estar claramente expresado en las propuestas para la evaluación de los vecinos/as en forma transparente. 

7) La temporalidad para generar estudios y resolver los temas tratados. Se establecerá un plazo máximo para los debates y para llegar a una votación determinada por los vecinos/as afectados, según se acuerde por mayoría y en base a la complejidad del tema. Se deberán definir los tiempos y el efectivo cumplimiento de las siguientes etapas: 

a) Definir el nivel de prioridad de las problemáticas en cada caso y en forma urgente, si es por un barrio lo definen todos los vecinos/as que habitan el área correspondiente dentro de la Junta Vecinal.

b) Recabar la información e investigación necesaria o existente sobre la temática en el orden de prioridad establecido con un tiempo preestablecido.

c) Generar los debates o encuentros para difundir y analizar la información obtenido en la etapa previa.

d) Realizarla votación vecinal para elegir una propuesta de solución a distintos temas, la cual se podría generar en forma virtual o presencial, pero de forma anónima. La votación debe contar con un mínimo de votos en relación al total de residentes afectados de manera tal que se legitime el proceso. Se propone que dicho mínimo no sea menor al 20% del total de personas en condiciones de votar. Se propone como tiempo de votación un plazo de 15 días, el cual podrá ser prorrogado otros 15 días en caso que no se alcance el mínimo del 20% de votantes. En caso de no llegar al mínimo propuesto, el resultado será solo consultivo y no vinculante necesariamente.

e) La propuesta ganadora será la que supere en primera vuelta un 60% de los votos efectivos. En los casos de haber más de dos propuestas y ninguna supere esa diferencia se realizará una votación en segunda vuelta con solo las dos más votadas. En la segunda instancia, ganará la propuesta que obtenga la mayoría simple de los votos emitidos.

f) Establecer quién ejecutará los trabajos necesarios, y bajo qué condiciones se elige que sean por administración municipal, o que empresa/contratista lo ejecuta (impulsando la preferencia de que sean residentes o cooperativas locales, salvo que nadie esté en condiciones de hacerlo).

g) Elegir los controladores periódicos de la ejecución (tres titulares y tres suplentes) de los trabajos o proyectos por tres vecinos/as elegidos para ello, definiendo previamente los elementos que se controlarán (cumplimiento de calidad, avance, presupuesto, etc.).

h) También se deberá definir quiénes serán gestores o veedores de los procesos de votación y participación (tres titulares y tres suplentes), a fin de resolver la selección de un proyecto, u otras definiciones que no sean obras (cambios o creación de normativas o códigos barriales o de mayor escala) que resuelvan distintas problemáticas. 

8) Los procesos de votación deberían ser de forma rápida, segura y anónima (Ej. por una página web con códigos de acceso controlados o secretos) debiendo existir una forma de corroborar que su voto ha quedado registrado correctamente, incluso varios días después de ser emitido. Se podrá nombrar un veedor externo al área que se trate para que reciba la información (por ejemplo con un alias para votar), y se deberá comprometer a no difundir los datos hasta que se le autorice por el grupo de vecinos/as que realiza los controles al respecto, y los guardará por al menos 12 meses, no pudiendo jamás romper los anonimatos a menos que lo soliciten todos los veedores por unanimidad. La validación de los votos virtuales deberá responder a una base de datos que reconozca a los vecinos/as participantes, según los pseudónimos asignados aleatoriamente que son generados para identificar al votante en forma segura. También se podrá plantear la alternativa de votar en papel presencialmente o en una terminal electrónica que se encuentre disponible al efecto, lo cual se generará en un espacio aislado (cuarto obscuro) para asegurar el anonimato del voto. Dicha votación se realizaría en la Junta Vecinal o un lugar público como una escuela cercana, durante las fechas y horarios determinados al efecto. Los representantes que asuman cargos políticos durante el presente proceso deberán comprometerse, bajo documento firmado, que aceptan llevar adelante la propuesta arriba descripta, con la aclaración de la firma y fecha correspondiente. 

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